CARTA
El guía de salud del bienestar que practica técnicas de cuidado integral, se compromete a ejercer su actividad de acuerdo con los principios fundamentales que se mencionan a continuación:
1. No formula ningún diagnóstico. Nunca suspende el tratamiento médico actual sin el consentimiento del médico tratante y nunca se opone a una intervención quirúrgica o acto terapéutico.
2. Nunca sugiere a la persona que lo consulta interrumpir el seguimiento médico, exámenes o investigaciones necesarias para determinar o precisar la (s) causa (s) de su enfermedad.
3. Solo interviene en el área para la que está certificado. Se esfuerza por calmar, aliviar o aliviar, hasta el límite extremo de sus medios, el sufrimiento de quienes recurren a él.
Así, si lo considera necesario en interés de la persona que lo consulta y para garantizar su seguridad, lo remite a un médico más capacitado para tratar su caso con toda la competencia necesaria.
4. No revela ningún resultado de su intervención sin el consentimiento de la persona que lo consulta.
5. Está obligado a respetar el secreto profesional y observar la mayor discreción en todas las circunstancias.
6. Podrá ejercer su profesión y sus dones de manera voluntaria si es necesario, a todos los necesitados: minusválidos, enfermos terminales y otros desamparados a solicitud o la buena voluntad de un médico tratante.
7. No recibe consultas y no atiende a menores o retrasados mentales sin la presencia de sus padres o tutor legal.
Toda la atención se llevará a cabo con el consentimiento de las personas afectadas por la atención. En cualquier caso, la guía de salud de bienestar integral no practicará el cuidado sin el conocimiento de una persona.
8. Durante cada sesión, debe permanecer decente, honesto, sobrio y de buena fe en el cuidado que hace. En ningún caso debe apelar a supersticiones, ni utilizar malversación alguna. Cada consejo debe ser cierto, está prohibido mentir. No se entrega a la evasión. Nunca promete milagros ni curaciones.
9. En el ejercicio de su profesión no sobreestima ni sus habilidades ni sus posibilidades. Esta actitud garantiza a quien lo consulta la inocuidad de su acción, que sigue siendo estrictamente complementaria a cualquier acto médico. Nunca promete milagros ni curaciones.
10. Debe preservar, disciplinar y mejorar sus conocimientos, cualidades humanas, intelectuales y morales.
11. Debe cumplir con las obligaciones administrativas del (los) Estado (s) en que opera y debe cumplir con las normas o estatutos vigentes.
12. Se niega a asimilar la profesión de acompañante de la salud del bienestar integral a cualquier ciencia oculta, por confundir sus intervenciones con la de las artes adivinatorias o la parapsicología.
13. Debe respetar el juramento hipocrático "Primum, non nocere" independientemente del lugar.